Control integral de la contaminación: IPPC

Código

SEAG012PO

Sector

Construcción e industrias extractivas

Modalidad

Teleformación

Duración

50 horas

IMPARTICIÓN DEL CURSO

Entidad de impartición

Fundación Confemetal

C/ Príncipe de Vergara, 74 – Madrid

Fecha

Abierto plazo de matriculación

OBJETIVOS

Adquirir los conocimientos sobre la Ley 16/02 IPPC, relativa a la prevención y control
integrado de la contaminación.

CONTENIDOS

1. LEY16/2002, DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN
1.1 Introducción.
1.2 Desarrollo sostenible.
1.3 Procedimientos de autorización en España: autorizaciones sectoriales y sustantivas.
1.4 Directiva 96/61/CE (IPPC).
1.5 Principales obligaciones.
1.6 Impacto de la LPCIC sobre los trabajadores.
1.7 Normativa complementaria. Desarrollo de la Ley 16/2002.
2.DESARROLLO DE CONCEPTOS BÁSICOS: MTD, EPER y VLE
2.1 MTD.
2.2 Registro EPER.
3. PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DEL PERMISO SEGÚN LA LPCIC
3.1 Procedimiento para la solicitud del permiso según la LPCIC.
3.2 Aspectos característicos de la LPCIC.
4. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LPCIC
4.1 Impugnación.
4.2 Régimen transitorio para las instalaciones existentes y los procedimientos en curso.
4.3 La disciplina ambiental: control e inspección.
4.4 Régimen sancionador.
4.5 Inclusión de otras exigencias comunitarias.
4.6 Modificación de leyes sectoriales.
4.7 Derogación de las autorizaciones sectoriales.
(Este epígrafe sólo se cumplimentará si existen requisitos legales para el ejercicio de la profesión)
9. Requisitos oficiales de los centros:
(Este epígrafe sólo se cumplimentará si para la impartición de la formación existe algún requisito de homologación /
autorización del centro por parte de otra administración competente.
inicio hasta la finalización de la acción formativa, deberá mantener un horario de funcionamiento de
mañana y de tarde, tendrá que ser accesible mediante teléfono y mensajería electrónica y no podrá
superar un tiempo de demora en la respuesta superior a 2 días laborables.
2. Requisitos técnicos del contenido virtual de aprendizaje
Para garantizar la calidad del proceso de aprendizaje del alumnado, el contenido virtual de aprendizaje de
las especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad mantendrá una
estructura y funcionalidad homogénea, cumpliendo los siguientes requisitos:
– Como mínimo, ser los establecidos en el correspondiente programa formativo que conste en el fichero
de especialidades formativas previsto en el artículo 20.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo y esté
asociado a la especialidad formativa para la que se solicita inscripción.
– Estar referidos tanto a los conocimientos como a las destrezas prácticas y habilidades recogidas en los
objetivos de aprendizaje de los citados programas formativos, de manera que en su conjunto permitan
conseguir los resultados de aprendizaje previstos.
– Organizarse a través de índices, mapas, tablas de contenido, esquemas, epígrafes o titulares de fácil
discriminación y secuenciase pedagógicamente de tal manera que permiten su comprensión y retención.
– No ser meramente informativos, promoviendo su aplicación práctica a través de actividades de
aprendizaje (autoevaluables o valoradas por el tutor-formador) relevantes para la práctica profesional, que
sirvan para verificar el progreso del aprendizaje del alumnado, hacer un seguimiento de sus dificultades de
aprendizaje y prestarle el apoyo adecuado.
– No ser exclusivamente textuales, incluyendo variados recursos (necesarios y relevantes), tanto estáticos
como interactivos (imágenes, gráficos, audio, video, animaciones, enlaces, simulaciones, artículos, foro,
chat, etc.). de forma periódica.
– Poder ser ampliados o complementados mediante diferentes recursos adicionales a los que el alumnado
pueda acceder y consultar a voluntad.
– Dar lugar a resúmenes o síntesis y a glosarios que identifiquen y definan los términos o vocablos
básicos, relevantes o claves para la comprensión de los aprendizajes.
– Evaluar su adquisición durante o a la finalización de la acción formativa a través de actividades de
evaluación (ejercicios, preguntas, trabajos, problemas, casos, pruebas, etc.), que permitan medir el
rendimiento o desempeño del alumnado.
5. COORDINACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA CON OTROS MECANISMOS DE
INTERVENCIÓN AMBIENTAL
5.1 Coordinación con el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
5.2 Coordinación con el régimen aplicable en materia de actividades clasificadas.
5.3 Coordinación con la directiva Marco de Aguas.
5.4 Inclusión de la LPCIC en un Sistema de Gestión Ambiental.
6. PRINCIPIOS GENERALES DE MONITORIZACIÓN
6.1 Monitorización y medida.
6.2 Razones y objetivos de la monitorización en el marco de la IPPC.
6.3 Consideraciones para la optimización de las condiciones de vigilancia.
6.4 Elaboración de datos e monitorización.
6.5 Enfoques de monitorización.
6.6 Evaluación del cumplimiento.
6.7 Elaboración de informes de los resultados de monitorización.
6.8 Coste de la monitorización de emisores.
7. MEJORES TÉCNICAS DISPONIBLES EN LAS INDUSTRIAS AFECTADAS POR LA LPCIC
7.1 Determinación de las Mejoras Técnicas Disponibles.
7.2 Elaboración de los BREF.
7.3 Elaboración de las Guías de Mejores Técnicas Disponibles.
7.4 Otros documentos sobre Mejores Técnicas Disponibles.
7.5Consecuencias derivadas de la aplicaron de las MTD.
8. LA IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS MEDIOAMBIENTALES EN LA EMPRESA
8. 1 Minimización de residuos.
8. 2 Tratamiento y gestión de residuos.
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